Art. 22.- Plan anual de contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.


El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.
Art. 25.- Del Plan Anual de Contratación.- Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley.

El Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal, Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán estar incluidas en el PAC inicial o reformulado.

Los procesos de contrataciones deberán ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consulta de la disponibilidad presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del PAC hagan necesario su modificación. 
Los formatos del PAC serán elaborados por el INCOP y publicados en el Portal www.compraspublicas

 + DESCARGAR PLAN ANUAL DE COMPRAS PÚBLICAS 2022

 

 + VISUALIZAR PAC 2022                  

 

De acuerdo a lo establecido en el Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

 

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución.

c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes. No es necesario incluir el nombre de los funcionarios.

d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

RESOLUCIONES DE REFORMAS

+ Resolución 0006-DE-CBL-AJ-2022

    Autorización Publicación Reforma Nro. 0006-DE-CBL-AJ-2022 

+ Resolución 0015-DE-CBL-AJ-2022

    Autorización Publicación Reforma Nro. 0015-DE-CBL-AJ-2022

+ Resolución 0012-DE-CBL-AJ-2022

    Autorización Publicación Reforma Nro. 0012-DE-CBL-AJ-2022

+ Resolución 0017-DE-CBL-AJ-2022

    Autorización Publicación Reforma Nro. 0017-DE-CBL-AJ-2022

+ Resolución 0016-DE-CBL-AJ-2022

   Autorización Publicación Reforma Nro. 0016-DE-CBL-AJ-2022

f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción. En un formato que pueda ser impreso, por ejemplo, PDF.

g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos. Se pueden presentar cédulas presupuestarias organizadas en partidas; con la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas, resumidas en no más de dos páginas.

1. POA PLAN ESTRATÉGICO 2022-2025 ( DESCARGAR )

2. POA ASESORÍA JURÍDICA ( DESCARGAR )

3. POA COORDINACIÓN DE PROYECTOS ( DESCARGAR )

4. POA MANTENIMIENTO Y CONTROL VEHICULAR ( DESCARGAR )

5. POA MANTENIMIENTO Y CONTROL VEHICULAR 2 ( DESCARGAR )

6. POA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ( DESCARGAR )

7. POA SISTEMA INFORMÁTICO ( DESCARGAR )

8. POA PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y RIESGOS ( DESCARGAR )

9. POA COMUNICACIÓN SOCIAL ( DESCARGAR )

10. POA COORDINACIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES ( DESCARGAR ) 

11. POA GASTO CORRIENTE ( DESCARGAR )

12. POA JEFATURA OPERATIVA ( DESCARGAR )

13. POA TALENTO HUMANO ( DESCARGAR )

  h) Los resultados de las auditorias internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones. Esta información se pondrá a disposición, a través, del acceso directo de consulta a Contratanet, que lo provee gratuitamente este sistema.

j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

k) Planes y programas de la institución en ejecución. Deben incluirse los siguientes datos: Nombre del proyecto, público objetivo, objetivos del proyecto, fuentes de financiación, presupuesto, cuadro de avance y fechas de inicio y fin.

1. PLANIFICACIÓN INTEGRA 2022

l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;

m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Incluir tabla de viáticos de la institución, tanto nacionales como internacionales. Esta información se deberá presentar en un cuadro con los siguientes datos: Nombre del Funcionario, breve descripción de la comisión, destinos, monto de viáticos, número de días.

o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

antenas

El departamento de prevención contra incendios del Cuerpo de Bomberos de Loja, realizó la inspección de seguridad a treinta y ocho radios bases de CONECEL S.A. en el cantón Loja, en la cual se determinó las medidas de seguridad y medios de prevención de incendios dando las recomendaciones que sean necesarias enmarcados a la seguridad.

Entre los objetivos que nuestro personal técnico persigue al realizar estas inspecciones están:

Que las estaciones cuentan con medios y recursos que garanticen la efectividad de protección, mitigación o sofocación ante algún accidente.

Realizar correctivos en los lugares donde se ha omitido la implementación de medios de seguridad o recursos contra incendios.

Verificar que los medios de detección, extinción de incendios, señalización y otros recursos de seguridad se encuentren activos.

Dar a conocer la importancia de contar con las medidas de seguridad y los recursos contra incendio.

Con el cumplimiento de las medidas de seguridad se autoriza a los potentados la obtención del permiso de funcionamiento por parte del Cuerpo de Bomberos de Loja.

El personal técnico de la institución dejó algunas recomendaciones; se deberá implementar los correctivos necesarios para la Protección, Prevención y Mitigación de incendios y de esta manera se garantice su segura ocupación y normal funcionamiento de las actividades.

Se sugiere llevar adelante mantenimientos periódicos que incluyan la consideración de las seguridades de prevención de accidentes y la revisión de los recursos de detección y extinción de incendios.

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Loja, 7 de septiembre 2021

  

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