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Art. 22.- Plan anual de contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.
El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley. El Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal, Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán estar incluidas en el PAC inicial o reformulado. Los procesos de contrataciones deberán ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consulta de la disponibilidad presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del PAC hagan necesario su modificación. + RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN PAC 2024 |
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De acuerdo a lo establecido en el Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública: a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución. c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes. No es necesario incluir el nombre de los funcionarios. d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones. e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas; RESOLUCIONES DE REFORMAS + RESOLUCIÓN NRO. 004-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 004-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 020-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 020-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 025-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 025-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 026-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 026-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 027-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 027-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 028-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 028-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 032-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 032-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 035-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 035-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 042-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 042-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 045-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 045-DE-CBL-AS-2024 + RESOLUCIÓN NRO. 048-DE-CBL-AS-2024 Autorización Publicación Reforma NRO. 048-DE-CBL-AS-2024 f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción. En un formato que pueda ser impreso, por ejemplo, PDF. g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos. Se pueden presentar cédulas presupuestarias organizadas en partidas; con la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas, resumidas en no más de dos páginas. h) Los resultados de las auditorias internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal; i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones. Esta información se pondrá a disposición, a través, del acceso directo de consulta a Contratanet, que lo provee gratuitamente este sistema. j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución; k) Planes y programas de la institución en ejecución. Deben incluirse los siguientes datos: Nombre del proyecto, público objetivo, objetivos del proyecto, fuentes de financiación, presupuesto, cuadro de avance y fechas de inicio y fin. l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés; m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño; n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Incluir tabla de viáticos de la institución, tanto nacionales como internacionales. Esta información se deberá presentar en un cuadro con los siguientes datos: Nombre del Funcionario, breve descripción de la comisión, destinos, monto de viáticos, número de días. o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |

Este miércoles, 3 de enero del 2024 a través del Ecu 911 personal operativo de la estación de Bomberos Centro, coordinó atención de una emergencia, se trató de un incendio estructural en una vivienda ubicada en el barrio Miraflores Alto, en las calles Huancavilca, en la ciudad de Loja.
Ya en el lugar se verificó y se realizó los trabajos de control y liquidación de las llamas que afectaron parte del techo de la vivienda de construcción de madera, no existieron víctimas, se desconoce lo que habría originado el flagelo.
En la emergencia participaron 5 efectivos y una autobomba.
Loja,04 de enero del 2024


