PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO Mesa de trabajo 1

Cada año Cuerpo de Bomberos de Loja emite varios tipos de permisos;  funcionamientos, para eventos y de factibilidad, en esta ocasión desde el 3 de enero se viene generando ya los permisos de funcionamiento a través de turnos para las inspecciones de acuerdo a los niveles de riesgos que se encuentren cada local, (nivel alto, medio y bajo).

Es importante que todos los locales comerciales cuenten con las normas de seguridad; señalética, extintores, sistema contra incendios, sistema de alarma y si es el caso, contar con una centralita de gas licuado de petróleo especialmente en los locales comerciales que se dedican a la preparación de alimentos, esto con la finalidad de evitar alguna incidente. 

 

Permisos de funcionamiento.

La ciudadanía pueda obtener el permiso de funcionamiento desde el 3 enero, el único requisito es tener actualizado el RUC, una vez cancelado en ventanilla del edificio de bomberos se deja la copia del pago en atención al cliente del área de prevención de incendios de esta forma se coordinará el turno para la inspección y podrá continuar con los trámites de permiso.

Si durante el año anterior aumentó alguna actividad, se debe entregar la copia de la factura y copia del RUC en atención al usuario, una vez entregada la documentación se designa la inspección.

 

Permisos para eventos.

Estos son permisos que se desarrollan en un corto tiempo, se recomienda a las personas entregar la documentación con el debido tiempo. Como requisito principal se debe acercar a la Unidad de Gestión de Riesgos del Municipio de Loja, en donde podrá obtener el formato para la elaboración del plan de contingencia, posteriormente se realiza la solicitud dirigida al director estratégica de bomberos, con esto se dará para al trámite correspondiente.

 

Recomendaciones. 

Se recomienda a la ciudadanía mantener los locales libres de riesgos, en especial quienes trabajan con gas licuado de petróleo (GLP) revisar los reguladores, tener limpias las mangueras, realizar una buena instalaciones de gas, entre otros si al ingresar a la vivienda o negocio percibe olor a gas se recomienda abrir las ventanas y realizar una revisión minuciosa de las válvula de gas y de las hornillas de la cocina. Así también Yovany Vega, encargado de prevención de Incendios del CBL recomendó realizar la limpieza de los sumideros, evitar botar basura en las calles, ya que estas son las causas para las inundaciones dentro de la ciudad como en sus alrededores. 

 

Nota.- 

(Art. 32 del Reglamento de prevención). Cada usuario es el responsable de mantener sus extintores revisados, recargados y con el debido mantenimiento de sus  locales, por lo tanto NO será requisito presentarlo en nuestra oficina para la obtención de su permiso de funcionamiento. Nuestros inspectores realizaran visitas para revisar sus recursos contra incendios. Amparados en el Art. 355 del mismo reglamento. 

 

Loja, 16 de enero del 2023.

PAGO DE LA TASA DE BOMBEROS Mesa de trabajo 1 Mesa de trabajo 1

Durante los primeros días del año se viene desarrollando el pago de la tasa de bomberos, requisito que es necesario para el permiso de funcionamiento y el pago de la patente en el municipio de Loja.

 

Para poder realizar el respectivo pago se debe tener actualizado el Ruc con las actividades económicas que se desempeñen, esto permitirá realizar el cobro adecuado del contribuyente.

 

Para el mes de febrero se pretende lanzar el nuevo sistema de cobro en línea en el cual el usuario podrá revisar  información a través de web y realizar el pago en algunos bancos de la localidad, con este sistema se pretender eliminar las largas filas que se daban en años anteriores, este programa se lo viene trabajando conjuntamente con el Municipio de Loja.

 

La atención para la tercera edad, mujeres embarazadas, con niños brazos y con capacidades diferentes es prioritaria, el horario de atención es de 08h00 a 12h30 y de 15h00 a 17h30 de lunes a viernes, en el segundo piso del edificio central. (avenida Universitaria y 10 de Agosto)

Nota.-

Se está receptando 2 trámites por personas con la finalidad de evitar a los tramitadores, y en el caso de las personas de la tercera edad el trámite debe ser personal no de tercero.

 

Loja, 16 de enero del 2023.

Art. 22.- Plan anual de contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.


El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.
Art. 25.- Del Plan Anual de Contratación.- Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley.

El Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal, Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán estar incluidas en el PAC inicial o reformulado.

Los procesos de contrataciones deberán ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consulta de la disponibilidad presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del PAC hagan necesario su modificación. 
Los formatos del PAC serán elaborados por el INCOP y publicados en el Portal www.compraspublicas

+ RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN PAC 2023

+ DESCARGAR PLAN ANUAL DE COMPRAS PÚBLICAS 2023

+ VISUALIZAR PAC 2023                 

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