Reglamento General para la aplicación de la Ley de Defensa Contra Incendios.

Art. 12: Son símbolos de los Cuerpos de Bomberos de la República: La Bandera, el Escudo y el Lema.

Bandera

La Bandera de los Cuerpos de Bomberos será un pabellón de fondo rojo, por sus cuatro extremos el tricolor ecuatoriano, y en el centro contendrá el Escudo Oficial de la Institución. En su parte superior constará el nombre del lugar a que pertenece, y en la inferior el Lema “Abnegación y Disciplina.

BANDERA 250 X 250 Mesa de trabajo 1 1 

Escudo

El Escudo oficial de los Cuerpos de Bomberos de la República será: en el centro de un óvalo, otro más pequeño, y dentro de este último el escudo de la ciudad o provincia. En la parte posterior, en el centro, se colocará una bocina de mando en posición vertical, con la campana hacia abajo. En forma diagonal se colocará a la derecha un hacha de pico, y a la izquierda un pitón cruzando horizontalmente una escala.

ESCUDO 250 X250 Mesa de trabajo 1

 

Logo Institucional

El logo está compuesto por la cruz de malta con sus cuatro lados iguales forjada en platino, oro blanco que significa la pureza y nobleza de los bomberos del mundo. En el centro del escudo se levanta fungidos el casco, la escalera y el pitón que representan las herramientas de nuestra misión. Con una tipografía fuerte y elegante que da toque de alta jerarquía y sofisticación.

 Versión en color

LOGO COLOR AZUL 250 X 250 Mesa de trabajo 1

 

El Plan Operativo Anual del Cuerpo de Bomberos de Loja para el periodo fiscal 2023, se lo elaboró y consideró metódicamente, como un proceso participativo con todas las áreas institucionales, mismo que fue planificado, compilado y consolidado por sus funcionarios públicos, para ser revisado y propuesto por la máxima autoridad de la institución, a su aprobación ante el Comité de Administración y Planificación, por lo cual, se constituye en un curso de acción u hoja de ruta, definida para lograr los objetivos estratégicos a corto, mediano y largo plazo, ya que contiene una descripción de las necesidades institucionales debidamente identificadas, priorizadas y analizadas, para suplirlas o satisfacerlas en el tiempo, con la especificación de sus objetivos y metas, en correlación directa con los recursos necesarios para su cumplimiento, mismos que serán medidos a través del cumplimiento de sus indicadores.

 

Está alineado al “Plan de Creación de Oportunidades 2021-2025” a nivel macro y a nivel micro con el “Plan Estratégico Institucional”, instrumentos al que están sujetas todas las políticas, programas, planes y proyectos, cuyo marco legal guarda concordancia con: el Artículo 3, 85, 226, 227, 279, 280 293 de la Constitución de la República del Ecuador, como también, con las disposiciones contenidas en el segundo inciso del artículo 1, artículo 5 numeral 1 y artículo 17 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, artículos 30, 31 y 54 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y los artículos 16 y 87 del Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Adicional al artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, al artículo 22 de la Ley Orgánica del Servicio Público; además lo establecido en los artículos 1, 2, 4, 218, 244, 267, 274 y 285 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, como también el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo, Acuerdo Nro. 039 de la Contraloría General del Estado, la Norma Técnica 100-01 Control interno de la Contraloría General, Ordenanza 0036-2021 del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Loja y Resolución 001-2018 del Cuerpo de Bombero de Loja.

 

+ RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN POA 2023

+ DESCARGAR PLAN OPERATIVO ANUAL INSTITUCIONAL 2023

+ VISUALIZAR POA 2023              

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