De acuerdo a lo establecido en el Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución.

c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes. No es necesario incluir el nombre de los funcionarios.

d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

RESOLUCIONES DE REFORMAS

+ Resolución 004-DA-CBL-2020

+ Resolución 006-DA-CBL-2020

+ Resolución 007-DA-CBL-2020

+ Resolución 019-DA-CBL-2020

+ Resolución 021-DA-CBL-2020

+ Resolución 035-DA-CBL-2020

+ Resolución 039-DA-CBL-2020

+ Resolución 040-DA-CBL-2020

+ Resolución 042-DA-CBL-2020

+ Resolución 043-DA-CBL-2020

+ Resolución 046-DA-CBL-2020

f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción. En un formato que pueda ser impreso, por ejemplo, PDF.

g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos. Se pueden presentar cédulas presupuestarias organizadas en partidas; con la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas, resumidas en no más de dos páginas.

h) Los resultados de las auditorias internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones. Esta información se pondrá a disposición, a través, del acceso directo de consulta a Contratanet, que lo provee gratuitamente este sistema.

j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

k) Planes y programas de la institución en ejecución. Deben incluirse los siguientes datos: Nombre del proyecto, público objetivo, objetivos del proyecto, fuentes de financiación, presupuesto, cuadro de avance y fechas de inicio y fin.

l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;

m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Incluir tabla de viáticos de la institución, tanto nacionales como internacionales. Esta información se deberá presentar en un cuadro con los siguientes datos: Nombre del Funcionario, breve descripción de la comisión, destinos, monto de viáticos, número de días.

o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

logoweb2-2019

Art. 22.- Plan anual de contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.


El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.
Art. 25.- Del Plan Anual de Contratación.- Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley.

El Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal, Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán estar incluidas en el PAC inicial o reformulado.

Los procesos de contrataciones deberán ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consulta de la disponibilidad presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del PAC hagan necesario su modificación. 
Los formatos del PAC serán elaborados por el INCOP y publicados en el Portal www.compraspublicas

 

+ VISULIZAR PAC 2020                  + DESCARGAR PAC 2020                                 

                                   

Promo Curso Canino-02

Loja.- El Cuerpo de Bomberos de Loja en coordinación con la Unidad Canina K9 de la Institución, como unidad especializada en búsqueda y rescate al servicio del país, realizará el segundo curso de capacitación a la ciudadanía, en adiestramiento básico, cuidado, manejo y tenencia responsable de las mascotas.

Desde la unidad Canina se planean los temas a trabajar en la vinculación con los dueños y canes, el objetivo es aportar a la sociedad y motivar al cuidado de los mismos.  

Las inscripciones se receptando desde el 15 al 24 de julio en el 4to piso, oficina de asesoría jurídica del edificio central del Cuerpo de Bomberos de Loja, ubicado en la Av. Universitaria y 10 de Agosto, el curso iniciara el 27 de Julio y culminará el 01 de Septiembre, los días y horarios son sábados y domingos de 08:00 a 13:00 pm.

Los requisitos para el curso son los siguientes:

  1. El can debe estar en perfecto estado de salud y no padecer ninguna enfermedad contagiosa.
  2. El guía debe ser mayor a 13 años y ser el dueño del can o la persona con la que tiene mayor relación o vinculo.
  3. El can debe estar en la edad comprendida entre 08 meses y 02 años.
  4. Debe tener el respectivo carnet con registro de vacunas actualizadas (presentar original y copia).
  5. El can debe ser sociable, tener buena conducta y mantener buenas relaciones frente a otros canes.
  6. En caso de asistir con mascotas hembras, las mismas no deberán encontrarse en celo mientras dure el curso.
  7. Los propietarios declarados aptos para el curso, deben adquirir un collar de ahogo de metal, una correa o traíla, bozal y recipiente para agua-comida; (la comida del can corre por cuenta del propietario)                

El curso se los dictara en la Subestación Sur XIII de la ciudad, ya que este lugar presta las adecuaciones necesarias y es donde se encuentran los canes.

Loja, 18 de julio del 2019

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