Art. 22.- Plan anual de contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.


El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.
Art. 25.- Del Plan Anual de Contratación.- Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley.

El Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal, Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o aquellas que respondan a situaciones de emergencia, todas las demás deberán estar incluidas en el PAC inicial o reformulado.

Los procesos de contrataciones deberán ejecutarse de conformidad y en la oportunidad determinada en el Plan Anual de Contratación elaborado por cada entidad contratante, previa consulta de la disponibilidad presupuestaria, a menos que circunstancias no previstas al momento de la elaboración del PAC hagan necesario su modificación. 
Los formatos del PAC serán elaborados por el INCOP y publicados en el Portal www.compraspublicas

+ RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN PAC 2026

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+ VISUALIZAR PAC 2026              

De acuerdo a lo establecido en el Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución.

c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes. No es necesario incluir el nombre de los funcionarios.

d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

 RESOLUCIONES DE REFORMAS

+ RESOLUCIÓN NRO. CBL-JB-002-2026-RE

   Autorización Publicación RESOLUCIÓN NRO. CBL-JB-002-2026-RE

 f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción. En un formato que pueda ser impreso, por ejemplo, PDF.

g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos. Se pueden presentar cédulas presupuestarias organizadas en partidas; con la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas, resumidas en no más de dos páginas.

h) Los resultados de las auditorias internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones. Esta información se pondrá a disposición, a través, del acceso directo de consulta a Contratanet, que lo provee gratuitamente este sistema.

j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

k) Planes y programas de la institución en ejecución. Deben incluirse los siguientes datos: Nombre del proyecto, público objetivo, objetivos del proyecto, fuentes de financiación, presupuesto, cuadro de avance y fechas de inicio y fin.

l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;

m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Incluir tabla de viáticos de la institución, tanto nacionales como internacionales. Esta información se deberá presentar en un cuadro con los siguientes datos: Nombre del Funcionario, breve descripción de la comisión, destinos, monto de viáticos, número de días.

o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Abnegación y Disciplina Departamento de Comunicación del CBL Telf.- 257-81-80 ext 113 2

 

Con el fin de garantizar el bienestar de los canes, las personas interesadas deberán cumplir con el siguiente proceso:

  • Formularios: Descargar y completar los siguientes formularios oficiales de postulación, en los enlaces adjuntos.

           Enlace 1: Solicitud de adopción

         Enlace 2: Ficha de adopción 

  • Documentación: Presentar todos los requisitos solicitados en una carpeta de color rojo.
  • Lugar de entrega: La documentación deberá ser entregada en la Estación Sur, ubicada en las calles Juan Pío Montúfar y Vicente Álvarez, Urbanización Juan José Castillo.

 

 

Abnegación y Disciplina

Departamento de Comunicación del CBL 

Telf.- 257-81-80 ext 113

 

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